SUBCONTRATACION LABORAL-COLEGIO PUBLICO DE ABOGADOS-RESPONSABILIDAD SOLIDARIA
Texto
Corresponde hacer lugar a una demanda por despido incoada por un trabajador que sacaba fotocopias en un concesionario del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, toda vez que la actividad llevada a cabo por dicho concesionario resultó de una cesión de un servicio que el referido Colegio brinda a sus matriculados, valiéndose del trabajador para el logro de parte de sus fines, motivo por el cual cabe responsabilizarlo en los términos del art. 30 de la LCT
Fuente : SAIJ
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO. CAPITAL FEDERAL, CAPITAL FEDERAL. [Sumarios relacionados] [Ver fallo completo]
Sala 05 (Oscar Zas, Enrique Néstor Arias Gibert)
MARTIN SEBASTIAN EDUARDO c/ COLEGIO PUBLICO DE ABOGADOS DE LA CAPI-TAL FEDERAL Y OTRO s/ DESPIDO
SENTENCIA del 25 de Marzo de 2013